viernes, 16 de enero de 2015
miércoles, 14 de enero de 2015
Samsung está por comprar BlackBerry por $7.5 mil millones
Reuters reporta que Samsung está en conversaciones para adquirir en definitiva a BlackBerry. Muchos lo han intentado en el pasado, pero la marca canadiense no se quiere ir sin un buen acuerdo. La oferta de Samsung sería de unos US$ 7,500,000,000, similar al monto al que pagó Microsoft por Nokia.
Este rumor ha agitado la bolsa de valores y ha hecho que las acciones de BlackBerry se incrementen en más de 30% esta tarde. BlackBerry ha estado intentado retomar el mercado, con un nicho que busca buenos teclados físicos en smartphones. Pero hasta ahora todos los intentos no le han dado resultado.
¿Qué opinan? ¿Estarían de acuerdo si se realiza la compra?
Proyecto ARA: El teléfono modular de Google se lanzará a fines del 2015
Tenemos novedades del esperado Project Ara de Google, que planea lanzar su primer teléfono modular donde cada usuario puede personalizarlo según sus necesidades. El que comenzó como el popular proyecto de Phonebloks, fue luego adquirido por Motorola y ahora ha pasado a ser uno de las iniciativas más prometedoras de Google.
Tenemos novedades del esperado Project Ara de Google, que planea lanzar su primer teléfono modular donde cada usuario puede personalizarlo según sus necesidades. El que comenzó como el popular proyecto de Phonebloks, fue luego adquirido por Motorola y ahora ha pasado a ser uno de las iniciativas más prometedoras de Google.
Se han revelado algunas especificaciones de los módulos que estarán disponibles al inicio como:
- Pantalla 720p
- Cámara de 5MP
- Procesador Nvidia Tegra K1
- Modem 3G
- Cargador USB
Actualmente el proyecto se encuentra en la 2° fase, a la cual Google denomina Spiral 2. Su idea es lanzar una primera versión con hardware básico y luego mejorar cosas. Como agregar pantallas Full HD, modem 4G, baterías más densas, cámaras de 20MP
Puerto Rico será el primer país piloto para distribuir Project Ara a fines del 2015. Se establecerán entre 20 y 30 puestos de compras donde los usuarios irán a coger. Por las fotos parece que el módulo será es una especie de camión de helado. Donde en lugar de elegir los sabores de tu cono, eliges los componentes de tu smartphone y pagas a la salida.
Todo suena muy interesante, pero según dice Google ahun hay mucho trabajo por hacer
martes, 13 de enero de 2015
Windows 7 deja de recibir soporte técnico
Windows 7, sistema operativo de Microsoft que fue lanzado en el 2009, dejará de recibir soporte gratuito desde hoy.
Esta medida fue anunciada en Julio del 2014 y trata de seguir con el ciclo de vida de los sistemas operativos para que los usuarios busquen migrar a las nuevas versiones.
¿Qué significa esto? Ya no existirá el servicio gratuito de soporte general a Office 2010 y Windows 7 por lo que tendrás que pagar por cualquier consulta a Microsoft para resolver algún inconveniente.
No te preocupes, todavía no estás obligado a migrar a otro sistema operativo ya que Windows 7 seguirá recibiendo actualizaciones de seguridad.
A partir de hoy comienza el siguiente ciclo de 5 años de soporte extendido hasta el 2020 donde se espera la despedida definitiva de Windows 7.
Por el momento, en Microsoft se concentran en el próximo lanzamiento de Windows 10 que busca tener el mismo éxito y la acogida del Windows 7, que poco a poco se nos va.
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[cortesia de diario Gestion]
Samsung Galaxy A7, el teléfono más delgado con borde metálico
Ya teníamos bastante información acerca del Galaxy A7, pero Samsung recién lanzó el comunicado oficial. Siendo este el hermano mayor de la seria A de Samsung (el A3 y el A5 tiene menor tamaño de pantalla) el Galaxy A7 trae especificaciones que se asemejan al iPhone 6 Plus. Este es el equipo más delgado de Samsung que incluye su nuevo diseño con borde metálico que ha sido muy bien recibido desde el año pasado Se lanzarán 2 versiones, una con LTE y otra con doble chip 3G.
Esto es lo que traen:
- Procesador: versión LTE 1.8GHz Quad-Core + 1.3GHz Quad-CoreLTE/ versión 3G Dual SIM : 1.5Hz Quad-Core+ 1.0GHz Quad-Core
- Pantalla: 5.5” HD sAMOLED (1280×720)
- Memoria RAM: 2GB
- Sistema operativo: Android 4.4 (KitKat)
- Almacenamiento: 16GB (con slot MicroSD expandible hasta 64GB)
- Cámara trasera: 13MP con AutoFocus y flash LED
- Cámara frontal: 5.0MP
- Batería: 2,600 mAh
- Dimensiones: 151 x 76.2 x 6.3 mm
- Peso: 141g
- Colores: Blanco negro, dorado
Para que tengan de referencia, el iPhone 6 Plus pesa 172g y tiene 7.1mm de grosor. El único aspecto que hay que recalcar es que la pantalla es 720p y no Full HD. Aun no se confirma el precio ni fecha, pero como el smartphone está diseñando para el mercado chino y ruso, se espera que ronde los 400 euros.
Trabajadores que ganen menos de S/. 2,807 no pagarán renta de cuarta categoría
Los honorarios mayores a S/. 1,500 continúan sujetos a retención del 8% por cuarta categoría. Los contribuyentes a quienes se les retiene dicha tasa deberán solicitar a la Sunat una constancia para que no se les efectúe más retenciones.
Sea Ud. un trabajador independiente, profesional o no, o un abogado, contador, ingeniero, carpintero o gasfitero no estará obligado a declarar ni a realizar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (cuarta categoría) si la suma de los honorarios percibidos mensuales no superan los S/. 2.807, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
La doceava parte de S/. 33,688 que no estarán gravados en el año 2015, fue dispuesta por la reciente Resolución 002-2015 – Sunat, publicada el 11 de enero último.
En el caso de percibir honorarios (de cuarta categoría) más remuneraciones (quinta categoría) ambos conceptos no deben de superar S/. 2,807 mensuales, para ser exceptuados de la declaración y pago mensual de la cuarta categoría.
En lo referente a los directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios y consejeros municipales y regionales que no tienen derecho a deducir como gasto el 20% de sus honorarios brutos, estarán obligados a declarar y pagar mensualmente (8% de los honorarios), sólo cuando sus rentas de cuarta o cuarta más quinta, superen los S/. 2,246 mensuales (un dozavo de 7 UIT).
Como se sabe, la UIT fijada para el ejercicio 2015 es de S/. 3,850 según el D.S. 374-2014-EF. Asimismo, todo contribuyente del IR (cuarta o quinta categoría) tiene derecho a deducir de su renta bruta el importe de 7 UIT que no está gravado con el impuesto ( S/. 26,950).
Retenciones
Además, las empresas y entidades obligadas a llevar contabilidad completa (libro de ingresos y gastos) cuando paguen honorarios deberán retener el 8% del monto pagado cuando el perceptor de los honorarios no cuente con autorización para la suspensión de retenciones que otorgue la Sunat y cuando el honorario pagado exceda los S/. 1,500.
La CCL precisa que la obligación de las empresas de efectuar las retenciones sobre los honorarios continuará regulándose por el D.S. Nº 215-2006-EF, siempre que el monto del honorario a pagar exceda a los S/. 1,500.
Los contribuyentes a quienes se les retiene el 8% sobre honorarios que superen S/. 1,500, y que al final del ejercicio no van a pagar IR, tienen derecho a solicitar a Sunat una constancia para que no se les efectúe más retenciones ni estén obligados a realizar pagos a cuenta mensuales.
Asimismo, tienen derecho a solicitar la suspensión si demuestran que el impuesto a pagar en el 2015 ya ha sido pagado con anterioridad (tiene pagos a cuenta y créditos del año anterior).
El perceptor de rentas de cuarta categoría puede solicitar la suspensión de retenciones desde enero 2015 (no hay que esperar hasta junio). En efecto, para solicitar la suspensión de retenciones, el contribuyente debe proyectar los ingresos a percibir en el 2015 y en estos casos, comparar sus ingresos en un rango que en algunos casos abarca dos periodos fenecidos (noviembre 2013 – octubre 2014), tal como se indica en el cuadro adjunto.
Suspensión de retenciones de cuarta categoría – (D.S. Nº 215-2006-EF, Res. Nº 013-2007/SUNAT y Res. Nº 002-2015-SUNAT)
(Fuente: Gerencia Legal CCL)
Solicitud de Suspensión
La solicitud se presentará exclusivamente a través de Sunat Virtual, utilizando el Formulario 1609. Excepcionalmente, cuando la solicitud haya sido rechazada por Sunat o no se encuentre disponible el servicio virtual, se utilizará el formulario físico correspondiente (Art. 5 y 6, Res. 013-2007-SUNAT).
domingo, 11 de enero de 2015
TC falló a favor de continuidad de alumnos morosos en universidades e institutos
En el año 2012 se emitió la Ley 29947 por la cual los institutos, escuelas superiores, universidades y escuelas de postgrado públicas y privadas no puedan impedir la asistencia y evaluación de los alumnos con deudas.
Luego de más de dos años de análisis, el Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda en contra del artículo 2 de la Ley 29947 de Protección a la Economía Familiar, que permite la continuidad de los alumnos morosos en los centros de educación superior.
La demanda de inconstitucionalidad fue presentada por el Colegio de Abogados de Lima Norte, bajo el argumento de que la norma viola la libre iniciativa privada, restringe la libertad de empresa, trastoca la economía de los centros superiores, entre otros.
Sin embargo todas estas afirmaciones fueron desestimadas por el TC, que considera que la norma es constitucional y en consecuencia los alumnos que tengan deudas con las entidades superiores podrán asistir a clases y ser evaluados sin ninguna coacción.
Según el TC el artículo 2 de la Ley de Protección a la Economía Familiar no impide ni dificulta que las personas naturales o jurídicas puedan dedicarse libremente a la promoción y conducción de entidades de educación superior de naturaleza privada.
Sin embrago precisa que sí hay una restricción a las libertades de asociación y empresa, así como de la autonomía universitaria, pero de modo leve, pero los niveles de optimización y aflicción entre unos y otros, hacen que la medidad cuestionada no sea excesiva ni desproporcionada.
“Queda meridianemente claro que con esta medida, se pretende, antes que disuadir la actividad económica privada de los centros de educación superior, fomentarla, a través de una intervención estatal que promueva la competencia en condiciones de igualdad”, precia la resolución.
Asimismo se precisa que el objetivo último de la norma es que no se suspenda la participación estudiantil, razón de ser de esta actividad privada y de la educación como derecho consagrado constitucionalmente.
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